Aehabitat pone a disposición de sus clientes una tarifa específica para aquellos trabajos en edificios que precisen para su realización andamios u otras instalaciones para trabajar a una altura superior a 2 m.l.
El objetivo es ofrecer un servicio integral que englobe los siguientes conceptos:
PEM € | Tarifa Aehabitat € |
0 > 5.000 | Por sólo 400* |
5.000 > 8.000 | Por sólo 546* |
8.001 > 10.000 | Por sólo 696* |
< 10.001 | Consultar |
Descuentos aplicables a la tarifa ›
Aquellas empresas/entidades que contraten los servicios de Aehabitat para 6 obras anuales o cantidades superiores, mantendrán una tarifa estándar de 400€/servicio en intervenciones de hasta 10.000€.
La Gerencia de Urbanismo tipifica como «obras de conservación y mantenimiento de las edificaciones existentes que requieran dirección técnica» a aquellas que requieran andamios o cualquier elemento para trabajar en altura incluidas las máquinas elevadoras instaladas en la vía pública.
Según Decreto 1627/1997 de 24 de octubre «disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción» considera trabajo en altura a aquel que se realice por encima de los 2 m.l. de altura.
La Ordenación Urbanística de cada comunidad autónoma clasificará los diferentes tipos de infracciones. En la mayoría de ellas se tipifica como sanción grave «la ejecución, realización o desarrollo de actos de parcelación urbanística, urbanización, construcción o edificación e instalación o cualquier otro de transformación de uso del suelo o del subsuelo, que estando sujeto a licencia urbanística o aprobación, se ejecuten sin la misma o contraviniendo sus condiciones».
Las infracciones graves suelen presentar sanciones económicas que oscilan entre los 3.000 € hasta 5.999 €.
La Ordenación Urbanística de cada comunidad autónoma determinará las personas responsables en cada caso en función de las infracciones cometidas, si bien el común denominador suele ser la determinación de que «en los actos de construcción, edificación…, tendrán responsabilidad los propietarios, promotores, constructores, urbanizadores y cuantas otras personas tengan atribuidas facultades decisorias sobre la ejecución o el desarrollo de los actos».
De lo anterior se desprende que la responsabilidad es individual y atribuible a todas las partes.
Aehabitat desarrolla su actividad en el campo del desarrollo de proyectos técnicos y dirección de obras desde el año 2010 ajustándose a sus cuatro principios básicos: cualificación, eficiencia, innovación y calidad.